La Ley estipula que un conductor sometido a un control de alcoholemia da positivo cuando supera la tasa de 0,25 gramos por litro de aire espirado. También estipula que evadir un control y darse a la fuga es delito. Es algo que todo el mundo tiene claro. Todo el mundo menos la Audiencia Provincial de Murcia al parecer. El caso llama mucho la atención: un conductor ebrio al ver un control de alcoholemia, lo intenta eludir a toda velocidad, se salta dos semáforos y tira de inspiración en maniobras de evasión –estilo Fast & Furious- haciendo derrapes y trompos con freno de mano incluido. Cuando los agentes le dan caza le hacen soplar las dos veces de rigor que exige el reglamento y el resultado es de 0,45 gramos en la primera y de 0,43 en la segunda.
Lo mínimo que cualquiera se imagina ante un caso así es que se le retire el carné y se le imponga una fuerte sanción económica. De hecho, así fue: el Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia impuso a este Dom Toretto versión española 1.080 euros de multa, además de un año sin carné y 33 días de trabajos comunitarios. Lo curioso es que la condena fue recurrida ante la Audiencia Provincial por el conductor y ésta le absolvió de todos los cargos por ser considerada ‘absurda’. Según el dictamen, no tiene sentido que un conductor sea multado por ir bajo los efectos del alcohol cuando muestra una pericia tal para evadir a la policía durante dos kilómetros e incluso hacer maniobras tipo rally.
De esto se deduce que para ser condenado por esta causa no basta con dar una tasa superior a la contemplada por la Ley, sino que es necesario demostrar que el conductor tiene sus capacidades mermadas al haber consumido alcohol. El debate está servido, sobre todo cuando hay gente que ha dado positivo tras tomarse un par cervezas y ha recibido su correspondiente sanción…
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